Dos personas jóvenes conversando en una oficina luminosa
Trabajo y derechos

Adaptar tu puesto de trabajo: qué puedes pedir

Contenido revisado por el Dr. Rafael Fernández García-Andrade · Psiquiatra · H. Clínico San Carlos · UCM

No siempre hay que elegir entre trabajar y cuidarte. A veces basta con cambiar unas cuantas cosas del cómo: un turno, un horario, una tarea. La ley tiene nombre para eso —ajustes razonables— y, si tienes reconocida una discapacidad, la empresa está obligada a estudiarlos.

Qué dice la ley

El artículo 40.2 del Estatuto de los Trabajadores obliga a las empresas a adoptar las medidas necesarias para adaptar el puesto y permitir a las personas con discapacidad trabajar y progresar, salvo que esas medidas supongan una carga excesiva. Es lo que se conoce como ajustes razonables.

Qué puedes pedir en concreto

No hay una lista cerrada; depende de tu caso. Ejemplos habituales que encajan bien con el trastorno bipolar:

Ojo: normalmente hace falta el certificado de discapacidad

La obligación legal de ajustes razonables se activa, sobre todo, cuando tienes reconocido un grado de discapacidad (habitualmente a partir del 33%). Si no lo tienes, quizá te interese solicitarlo: lo explicamos en el certificado de discapacidad.

La reforma de 2025 refuerza tu posición

Desde la Ley 2/2025, si te reconocen una incapacidad permanente la empresa ya no puede extinguir tu contrato de forma automática: primero debe estudiar la adaptación del puesto o una recolocación, con un plazo de hasta tres meses. Es el mismo principio, ahora blindado. Enlaza con lo que contamos en si pueden despedirte.

No tienes que contar tu diagnóstico a nadie

Un recordatorio importante: pedir un ajuste no te obliga a explicar a tus compañeros —ni siquiera a tu jefe— qué tienes. Tu diagnóstico es tuyo. Basta con la documentación médica y el trámite correspondiente. Tus derechos como paciente los repasamos en este artículo.

En resumen

Adaptar el puesto es un derecho, no un favor. El artículo 40.2 del Estatuto obliga a la empresa a estudiar ajustes razonables —horarios, turnos, funciones, teletrabajo— salvo carga excesiva, y normalmente se activa con el certificado de discapacidad. La reforma de 2025 lo refuerza. Y no tienes que airear tu diagnóstico para pedirlo.


Aviso. Este artículo es divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico. Lo que es exigible depende de tu situación, tu grado de discapacidad reconocido y tu convenio; para tu caso consulta a un graduado social, a un abogado laboralista o a tu sindicato.

Fuentes: Estatuto de los Trabajadores (art. 40.2); RDL 1/2013 (derechos de las personas con discapacidad); Ley 2/2025; Directiva 2000/78/CE.

Aval clínico

Revisado por el Dr. Rafael Fernández García-Andrade

Médico especialista en Psiquiatría (Hospital Clínico San Carlos) y Doctor en Neurociencias por la UCM. Este contenido divulgativo ha sido revisado para garantizar su rigor clínico.

Ver el perfil del especialista →

No te enfrentes a esto a ciegas.

Cada semana te escribimos un correo con un artículo nuevo sobre el trastorno bipolar, en lenguaje claro y revisado por un psiquiatra. Para quien lo vive y para quien acompaña.